Page 39 - AREAS VERDES
P. 39
39
De manera puntual, la SEDUVI debe coordinarse con la SEDEMA para realizar acciones de preservación y restauración de los recursos naturales, así como para prevenir y controlar la contaminación; y promueve la participación social y privada en la determinación de espacios públicos, del paisaje urbano, del patrimonio arqueológico, histórico, artístico y cultural; en la regeneración y conservación de los elementos naturales del Distrito Federal (artículos 7 y 77, LDUDF).
Además, en la formulación y modificación del proyecto de Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la SEDUVI debe considerar en la zonificación del suelo urbano a las áreas verdes del Distrito Federal (artículos 7, 38 y 51).
Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal (SOBSE). Le corresponden las materias relativas a la normatividad de obras públicas y servicios urbanos, por lo que también participa en acciones vinculadas al mantenimiento, limpieza y protección de las áreas verdes, como de alamedas y parques, así como las áreas verdes de la red vial primaria del Distrito Federal. Además, llevan a cabo la rehabilitación de la jardinería en plazas, camellones y distribuidores viales de la Ciudad (artículo 27, LOAPDF; PAOT y CEGAM, 2013: 12).


































































































   37   38   39   40   41