Page 28 - USOS DEL SUELO
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IV. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DF (LOAPDF) (1998)
Es un Ordenamiento jurídico que establece aspectos territoriales elementales del DF; facultades de la administración de esta entidad y del Jefe de Gobierno del DF como titular de la administración pública centralizada del DF; así como las atribuciones y facultades de dependencias que auxilian al Jefe de Gobierno; para el tema que nos ocupa, destacan la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI); la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) y las Delegaciones del DF:
Atribuciones del Jefe de Gobierno del DF:
promulgará, publicará y ejecutará las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, y cumplirá y ejecutará las leyes y decretos relativos al DF que expida el Congreso de la Unión.
Atribuciones de la SEDUVI: en materia de planeación y regulación del desarrollo urbano tiene la facultad de formular, coordinar y evaluar el Programa General de Desarrollo Urbano del DF (PGDUDF); elaborar los Programas Delegacionales (PDDU) y Parciales (PPDU) de Desarrollo Urbano, así como sus modificaciones y, en coordinación con las delegaciones, someterlos a consideración del Jefe de Gobierno; intervenir en la modificación del Programa General y de los Programas Delegacionales y Parciales; asesorar y dar apoyo técnico a las delegaciones del DF para la ejecución de los Programas Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano; coordinar la integración al Programa General de Desarrollo Urbano de los Programas Delegacionales, Parciales y Sectoriales, mantenerlos actualizados y evaluar sus resultados; y proponer y vigilar el cumplimiento de las normas y criterios que regulan la tramitación de permisos, autorizaciones y licencias previstas en la LDUDF, así como aquellos relativos al uso del suelo.
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