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3.1 ACTIVIDADES DE LA PAOT EN RELACIÓN AL RUIDO I. DEFENSA DE LA PAOT Durante los casi 13 años de existencia de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, se ha trabajado en pro de la defensa del derecho de los habitantes de la Ciudad de México a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial. En relación a violaciones, incumplimientos o faltas en la aplicación de las disposiciones jurídicas vigentes y para cumplir con el objetivo antes mencionado, la Procuraduría cuenta con distintas atribuciones (artículo 5 de la Ley Orgánica de la PAOT), algunas de ellas son: recibir y atender denuncias ciudadanas; llevar a cabo investigaciones de oficio; emitir recomendaciones; informar, orientar y asesorar; y emitir opiniones. A continuación haremos un análisis de las gestiones PAOT en relación a denuncias, investigaciones de oficio, recomendaciones y opiniones. 45

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