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5.10 DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN
DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
Como se indicó anteriormente, una de las atribuciones que tiene PAOT, es brindar orientación, asesoría e información a la población respecto de los derechos y obligaciones ambientales y territoriales de los habitantes del DF, promover el cumplimiento voluntario de las disposiciones jurídicas ambientales y del ordenamiento territorial, así como fomentar la participación social y el pleno acceso a la información pública (artículo 5, fracción XVI, LOPAOT).
Por lo anterior, la Procuraduría ha establecido mecanismos de atención y participación ciudadana que pretenden impulsar la transparencia, la aplicación y cumplimiento de la ley, y el conocimiento de los derechos y obligaciones ambientales y urbanos de los habitantes de la ciudad, con el objetivo fundamental de facilitar la interacción con actores individuales y colectivos en función de sus demandas, necesidades, intereses, expectativas y percepciones en la materia, para así contribuir a la creación de comunidad (PAOT, 2014: 104).
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