(Reforma, 19 de enero de 2003) Culpan a ALDF por error ambiental
Por IVÁN SOSA Y ALBERTO
MARTÍNEZ / Grupo
Reforma / 19-ene-2003 Los diputados que modificaron el Código Penal incurrieron en un grave error al eliminar delitos ambientales como el ecocidio o la invasión en suelo de conservación. Lo anterior fue expuesto por el subprocurador del Ordenamiento Territorial de la Procuraduría Ambiental, Miguel Ángel Cancino; la directora general de Ecología de Tlalpan, Mireya Imaz, y el director general de la Comisión de Recursos Naturales, Luis Meneses. Algunos de los legisladores involucrados, coincidieron, han aceptado la equivocación y con funcionarios delegacionales, de la Secretaría de Medio Ambiente y la Procuraduría Ambiental ya iniciaron labores para revertir omisiones y errores, pero por los tiempos políticos es muy probable que las reformas tengan que esperar a la integración de la próxima Asamblea Legislativa del Distrito Federal. "No sé qué tenía en mente el legislador cuando hizo estas reformas, planteó Meneses durante un foro transmitido por reforma.com, al aludir al Código Penal que, en vigor desde septiembre pasado, modificó el título referido a los delitos ambientales. "Los legisladores no tienen por qué saber de todo, pero tuvieron que consultar a quienes nos dedicamos a esto, dieron un paso atrás, incurrieron en un gran error", puntualizó Mireya Imaz. "A pesar de los cambios al Código Penal, algunos tipos delictivos se conservan, pero el mensaje enviado a la sociedad por el Legislativo es de aparente desprotección al suelo de conservación", resaltó Miguel Ángel Cancino. Las reformas que tienen que hacerse al título de delitos ambientales, señaló, abren para la ciudad la oportunidad de replantear el tema de la responsabilidad ambiental que tiene cada sector de la sociedad. "Hay que reforzar aspectos como la prevención de conductas indebidas, promover la participación de todos, eliminar vacíos administrativos que limitan la capacidad de acción para frenar daños en el suelo de conservación y entonces dejar al Código Penal, lo que debe ser la última instancia a la cual debe recurrir la sociedad, los castigos penales", dijo Cancino. Luis Meneses planteó: "Al desaparecer el artículo 414 bis eliminaron el delito de ecocidio, disminuyeron la sanción de quien atenta contra los recursos naturales de un rango de 5 a 12 años de prisión más multa, a otro de 3 a 9 años, sin multa; redujeron la capacidad de acción directa de la autoridad. "Es un retroceso dejar de sancionar con claridad a quien ocupa, usa o deteriora un área natural protegida o el ecosistema en el suelo de conservación; es un retroceso no obligar a la reparación del daño ambiental causado", subrayó Meneses. "Abrieron más posibilidades de permitir a quien atenta contra el suelo de conservación de irse impune, aunque hay que decir que tampoco eliminaron todo, todavía hay castigos, pero son más difíciles de aplicar", apuntó. Añadió que cuando la autoridad detecta un camión que traslada madera producto de tala clandestina, ya no se puede inculpar al responsable, debido a que el transporte de ese tipo de recursos naturales dejó de ser delito. Mireya Imaz expuso que fue una sorpresa conocer el nuevo título del Código Penal, dedicado a los delitos ambientales. La invasión en áreas ecológica, remarcó, no desapareció. "Hicieron una reformulación, pero en ella perdimos claridad, porque remitieron la conducta de ocupación ilegal a otra parte del Código Penal, al tipo de despojo, pero borraron todas las implicaciones que tiene invadir una zona verde, eliminaron el concepto de suelo de conservación. "Hicieron a un lado los servicios ambientales que proporciona el suelo de conservación, la capacidad de oxigenación, de recargar el acuífero", de manera que quien invade un predio puede ser acusado por despojo, pero ya no se le sanciona por atentar contra el ambiente, resaltó Imaz. "Al ignorar el Programa General de Ordenamiento Ecológico, que la propia Asamblea Legislativa generó, se perdieron referentes fundamentales para la aplicación de la ley", prosiguió. "En algunos casos redujeron las penas, en otras las ampliaron, pero sin ninguna lógica. "Excluyeron la protección expresa a otro tipo de ecosistemas, como los matorrales, las áreas de cultivo, los humedales. ¿Qué significa, que quien los invade no será sancionado? "Ya no existe la limitación a los asuntos de orden federal, pues desaparecieron la categoría de especies o subespecies raras, que están limitadas al ámbito federal. "En un intento de simplificar, desaparecieron muchas conductas que claramente deben estar tipificadas como delitos, si lo que queremos es proteger los recursos naturales. "Ya no es delito atentar contra las políticas de conservación o causar pérdida en los recursos naturales; los mismos términos biológicos utilizados no corresponden con el significado que tienen. "Y no se trata de usar los términos de los especialistas, sino de utilizar un lenguaje suficientemente claro para quienes aplican la legislación, para los agentes del Ministerio Público y los jueces", expresó Imaz. Abren opciones para cuidar áreas verdes Para preservar el suelo de conservación es fundamental que al abrir una llave de agua potable en la zona urbana, las personas estén conscientes de que el líquido está disponible gracias a la infiltración de la lluvia hacia el acuífero subterráneo que se recarga en el suelo de conservación, dijo el director de la Corena, Luis Meneses. Al dejar en claro que el gobierno tampoco puede optar por perseguir penalmente a todos los habitantes de zonas verdes originalmente invadidas, el funcionario indicó que se desarrollan una serie de opciones productivas. "Este es un gobierno que trata, platica con la gente; la visión es muy clara: el gobierno tiene la obligación de evitar los delitos ambientales, pero también debemos tratar los asuntos con la sociedad involucrada en la misma realización de los delitos", definió Meneses. Hemos dado muestras, agregó, que cuando debe emplearse la fuerza pública para desalojar, se hace, pero antes de recurrir a esa instancia, por primera vez se ha desarrollado una política preventiva, basada en trasladar recursos fiscales de toda la sociedad hacia las comunidades y ejidos, propietarios del suelo de conservación. "Las comunidades tienen una cantidad enorme de problemas agrarios, parece que hubiera sido una estrategia desarrollada para mantenerlos en conflicto y hoy hay resolver esas diferencias, a la vez que se financian proyectos productivos. "Cuando los poblados tienen una actividad económica, ellos mismos defienden el suelo de conservación, en donde, por ejemplo, han organizado un proyecto de ecoturismo y eso es lo que hacemos con el Fondo Comunitario de Desarrollo Sustentable", agregó Meneses. El subprocurador de Ordenamiento Territorial de la Procuraduría Ambiental, Miguel Ángel Cancino, hizo énfasis en que "el Código Penal debe limitarse a ser el último eslabón para ejercer la legislación ambiental". "Si queremos criminalizar cualquier conducta, corremos el riesgo de que la impunidad se incremente, pues de todas las denuncias, sólo entre 6 y 12 por ciento se consignan; después, habría que considerar cuántos llegan a sentencia y, más aún, en cuántos casos en realidad se llega a la reparación del daño ambiental". La directora general de Ecología de Tlalpan, Mireya Imaz, expuso que en la delegación se ha emprendido un proceso de reconversión de uso, de manera que deje de cultivarse avena por otras alternativas más rentables para los productores y amigables al ambiente, como plantaciones forestales. Las pifias Algunos de los errores del capítulo
de delitos ambientales del nuevo Código Penal: |
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