Expediente: |
PAOT-2002/CJRD-11/SPA-09
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Tipo de Denuncia: |
Áreas verdes.
Poda y tala de árboles (762 árboles podados y 272 árboles
talados)
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Ubicación: |
Delegación Benito Juárez
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Fecha de presentación y ratificación:
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4 de julio de 2002
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Denunciante: |
Norahenid Amezcua Ornelas
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Denunciado: |
Delegación Benito Juárez.
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Hechos denunciados: |
La tala de 240 árboles en el parque
Luis G. Urbina (Parque Hundido).
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Principales diligencias: |
Se admite la denuncia a trámite
por cumplir con los requisitos legales y ser de competencia de la PAOT. Se
radica en la Subprocuraduría de Protección Ambiental el
5 de julio de 2002.
Se solicitó al Jefe Delegacional de Benito Juárez informara
sobre el cumplimiento de la normatividad ambiental dentro del Parque Hundido
y de las irregularidades respecto a la actuación de los servidores
públicos adscritos a dicha Delegación. En su contestación
informó que los árboles podados y talados correspondían
a aquellos secos, malformados y peligrosos para la ciudadanía.
Al Director General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental de la
SMA-DF se pidió informara sobre los antecedentes y cualquier otro dato
que tuviera respecto a los hechos denunciados.
Se solicitó al Director General de Prevención del Delito de
la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal informara
si la tala de árboles se realizó en cumplimiento de un Programa
de Seguridad Pública implementado por dicha Dirección en coordinación
con la Delegación.
Al Director de Mejoramiento Urbano de la Delegación Benito Juárez.
se solicitó indicara los motivos por los cuales habían sido
derribados los árboles dentro del parque.
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Resultado del procedimiento: |
Emisión de Recomendación 03/2002.
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Seguimiento de cumplimiento de recomendación
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La recomendación fue aceptada por
las autoridades destinatarias de la misma.
La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental
solicitó una prórroga de 6 meses para el cumplimiento de la
recomendación; al no especificar si dicha prórroga fue solicitada
para emitir el programa para el Parque Hundido o para los 22 parques que están
previstos en la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico -Arquitectónico
del Distrito Federal como espacios abiertos monumentales, esta Subprocuraduría
de Protección Ambiental solicitó que aclarara la petición,
confirmando que la prórroga es para planear los trabajos de mantenimiento,
supervisión y vigilancia del Parque Luis G. Urbina.
La recomendación fue aceptada por la Delegación Benito Juárez
y por la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental.
Dicha recomendación fue notificada a la denunciante, el 10 de septiembre
de 2002.
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Status de la denuncia: |
Concluido
el expediente (emisión de recomendación 03/2002)
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