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Cumplimiento del Programa de Acceso a la Justicia Ambiental y Territorial del D.F. (2007-2011) Línea estratégica I. Gestión orientada a mejorar el desempeño ambiental y territorial en la Ciudad de México Objetivo: Garantizar el acceso a la justicia ambiental y territorial, a través de la actuación pública y social que contenga de manera efectiva las afectaciones al ambiente. Para documentar el cumplimiento de las metas de la Línea estratégica I del Programa de Acceso a la Justicia Ambiental y Territorial del D. F. se hace, a continuación, la descripción de las acciones: Actuaciones de la PAOT Residuos sólidos. De los temas que atiende la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, es de resaltar la recurrencia de las denuncias relacionadas con la inadecuada disposición y/o acumulación de residuos sólidos urbanos y de manejo especial. En el año 2009, se llevaron a cabo 142 investigaciones por disposición inadecuada de residuos sólidos. Esto representa el 9.7 por ciento del total de las investigaciones de ese año y se observó un incremento de 2.5 por ciento respecto de las investigaciones sustanciadas en 2007.
Por lo que hace al inadecuado manejo de residuos urbanos, como resultado de las investigaciones se ha detectado que en la mayoría de los casos el servicio de recolección de residuos que prestan las autoridades delegacionales cumple con un mínimo satisfactorio, sin embargo en la ciudadanía no ha permeado la corresponsabilidad respecto de la adecuada disposición de los residuos que genera, y persiste en depositarlos en lugares públicos de manera inadecuada. Respecto a la acumulación de residuos en casa habitación, esta Procuraduría ha documentado que en la mayoría de los casos, esta conducta está asociada a problemas de salud mental de las personas (síndrome de Diógenes) y/o a un modo de sustento económico (recolección y venta de residuos).
Un número mínimo de casos se resolvió por cumplimiento voluntario y en el resto, para el retiro de los residuos, hubo necesidad de llevar a cabo acciones en coordinación con las delegaciones así como con las jurisdicciones sanitarias respectivas debido al gran volumen y tipo de residuos acumulados [partes automotrices (motores diferenciales, etc.) muebles, línea blanca, bicicletas, llantas, etc.]., o bien para tomar las medidas preventivas en el caso de existir residuos biológico-infecciosos y/o presencia de fauna nociva para su control y tratamiento. Ruido. En experiencia de la PAOT el ruido ha sido una de las materias más denunciadas, lo que revela que las emisiones sonoras se han convertido en uno de los problemas ambientales a los que la población es más sensible. Respecto del total de las denuncias que ha recibido esta entidad por año, el ruido se ha mantenido dentro de las tres conductas más denunciadas. En 2009, se atendieron 326 denuncias en esta materia lo que representó el 22.2% del total de las denuncias recibidas. En el Distrito Federal, las emisiones de ruido se encuentran reguladas por la norma ambiental NADF-005-AMBT-2006 que establece los límites máximos permisibles de emisiones sonoras, que deberán cumplir los responsables de fuentes emisoras ubicadas en el Distrito Federal así como por disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal. De acuerdo a la citada norma, la medición de los valores de ruido deberá realizarse por personal calificado, mediante la utilización de analizadores de espectro así como personal calificado que realice los muestreos. Dado que la mayoría de los órganos político administrativos no cuentan con la citada tecnología y personal suficientemente capacitado, durante 2009 esta Entidad fortaleció en apoyo de estos, acciones de coordinación y capacitación que permite dar cumplimiento a la norma y atender las demandas ciudadanas. Dentro del abanico de actividades que se han denunciado como generadoras de ruido destacan las de restaurante-bar, fabricas, talleres, imprentas, equipos de aire acondicionado y refrigeración, plantas generadoras de energía eléctrica y obas de construcción, en menor proporción se encuentra los generados por animales, las alarmas de bancos; gimnasios, así como sonido promocional en locales, plazas y corredores comerciales. Para la atención de las investigaciones esta Entidad ha privilegiado como mecanismo alternativo para solucionar esta problemática el cumplimiento voluntario de la norma haciendo de conocimiento de los responsables los hechos y las disposiciones normativas aplicables. Al respecto se ha obtenido una respuesta favorable principalmente en aquellos casos en que es posible reubicar o aislar el equipo generador de ruido. En general sucede lo contrario con establecimientos dedicados a actividades sociales en donde la reducción del ruido requiere de la realización de medidas de mitigación más complejas y costosas. En estos casos, se coordinan acciones con la SMA a fin de que inicie los procedimientos administrativos correspondientes.
Áreas Verdes. La afectación a las áreas verdes es otro de los temas más denunciados en la PAOT, las conductas con mayor recurrencia son:
Durante el año 2009, se recibieron 282 denuncias por estos hechos, lo que representa el 19.2 por ciento del total de las denuncias presentadas. Entre los casos relevantes investigados en este periodo se encuentra la investigación relacionada con la falta de mantenimiento y derribo de árboles en el Bosque de Aragón, en la cual se comprobó que los derribos y podas de árboles se ejecutaron para dar mantenimiento al arbolado a través del dictamen emitido por la Dirección de Reforestación Urbana Parques y Ciclovías de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal y con la autorización por parte de la Delegación Gustavo A. Madero. Otra materia en la que se tuvo intervención fue en residuos ya que se constató que se llevaron a cabo diversas construcciones y se dispusieron residuos de manejo especial en algunas áreas del Bosque. Al respecto la administración del Bosque regularizó esta situación lo que llevó al retiro de residuos de manejo especial de ésta área. Uso de Suelo. Durante el año 2009 se realizaron 476 investigaciones en materia de uso de suelo, lo que representa el 32.36 porciento del total de las denuncias para el año que se informa. Con base en las denuncias recibidas, así como por las investigaciones de oficio iniciadas por la PAOT, los temas de mayor recurrencia de investigación fueron:
En lo tocante a la violación al uso de suelo derivado de la construcción de conjuntos habitacionales, durante las investigaciones realizadas en el año 2009, la PAOT dio cuenta, en por lo menos 6 casos, de la utilización de documentos apócrifos, a través de los cuales los desarrolladores pretendían acreditar la existencia de derechos adquiridos para llevar a cabo edificaciones mayores a las permitidas en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano (PDDU), específicamente en el correspondiente a la Delegación Benito Juárez, lo que llevó a la emisión de las recomendaciones 02/09 y 04/09, la primera para el caso del predio ubicado en Millet 72, Colonia Extremadura Insurgente, y la señalada en segundo término incluyó los inmuebles ubicados en Calle 25 número 99, Colonia San Pedro de los Pinos; Ixcateopan número 254, Colonia Santa Cruz Atoyac; Cerrada de Empresa número 5, Millet 22 y Millet 39, estos últimos en la Colonia Extremadura Insurgentes. Por otra parte, las violaciones al uso de suelo de forma sistemática traen aparejados actos, hechos u omisiones que resultan violatorios de la legislación ambiental del Distrito Federal, como en la especie lo representan la generación de ruido, vibraciones y emisiones a la atmosfera, ocupación de la vía pública, así como vertimiento de sustancias al drenaje, dependiendo de la actividad con la que se relacionan, los cuales cesan o desaparecen una vez que la autoridad delegacional atiende y resuelve en definitiva la violación al uso de suelo. En este sentido, la actuación de la PAOT durante el año 2009 permite documentar el incremento exponencial de las investigaciones relacionadas con la violación al uso de suelo, motivadas por la ejecución de actividades comerciales, mercantiles, industriales, de servicios y aquellas relacionadas con la industria de la construcción, realizadas al margen de los ordenamientos legales. Es oportuno indicar que, como se mencionó líneas arriba, corresponde a las Delegaciones del Distrito Federal iniciar los procedimiento administrativos tendientes a vigilar, cumplir y hacer cumplir los usos de suelo establecidos en los instrumentos rectores del ordenamiento territorial, entiéndase Programas Delegaciones de Desarrollo Urbano de sus respectivas demarcaciones, lo anterior encuentra fundamento en el artículo 12 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal vigente. En relación con lo anterior, durante la gestión de la PAOT en el año 2009, se puede considerar que existe un avance significativo en el inicio de este tipo de procedimientos por parte de los órganos político administrativos para atender la problemática generada por violaciones al uso de suelo, reflejando considerables casos de éxito. Para ejemplificar lo aquí indicado, se consideran los siguientes casos.
Recomendaciones Derivado de las denuncias ciudadanas e investigaciones de oficio atendidas por la PAOT en 2009 se emitieron cuatro recomendaciones a distintas autoridades del Distrito Federal, en casos en los que se demostraron las violaciones a la normatividad ambiental y territorial, cuyo impacto podría generar afectaciones a la sustentabilidad de la ciudad y desde luego, importantes violaciones a los derechos ambientales y territorial de los habitantes del Distrito Federal. Las recomendaciones 02/09 y 04/09 se relacionan con la construcción de desarrollos inmobiliarios en la Delegación Benito Juárez, para lo cual se demolieron inmuebles que de conformidad con lo establecido en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de dicha demarcación se encuentran catalogados por el Instituto Nacional de Bellas Artes y en los que, para la tramitación del registro de la manifestación de construcción correspondiente, se utilizaron documentos apócrifos y/o carentes de validez jurídica. En este sentido, la Recomendación 2/2009 versó sobre la Demolición y Construcción en el predio ubicado en Millet 72, Colonia Extremadura Insurgentes, colindante con el Parque Luis G. Urbina “Parque Hundido”, en el que se pretendía llevar a cabo la construcción de 24 departamentos en 6 niveles.
Con las actuaciones de la PAOT se acreditó:
Como resultado de la investigación, la PAOT emitió la Recomendación 02/09 dirigida al Jefe Delegacional en Benito Juárez y a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), así como del Medio Ambiente del Distrito Federal. Los aspectos recomendados fueron:
Seguimiento y resultados de la actuación PAOT
Por lo que respecta a la Recomendación 04/09, el 17 de diciembre de 2009, la PAOT concluyó la substanciación de cinco expedientes vinculados a denuncias ciudadanas e investigaciones de oficio motivadas por violaciones al uso de suelo, incumplimientos a las disposiciones en materia de construcción, demolición de inmuebles catalogados sin licencia de construcción especial para demolición, sin contar con programa de manejo de residuos sólidos, afectación de árboles sin autorización e invasión de vía pública en tres colonias de la Delegación Benito Juárez. La recomendación comprendió el estudio y análisis de los siguientes predios:
Las irregularidades detectadas por la PAOT en estos casos correspondieron a lo que se indica en el siguiente cuadro:
Adicionalmente se identificaron las siguientes irregularidades:
Los aspectos recomendados al Jefe Delegacional en Benito Juárez fueron:
En el tema de contaminación de suelo y riesgo, esta Procuraduría emitió la Recomendación 03/2009 por la presencia de contaminación por hidrocarburos en el suelo, subsuelo y manto freático al interior y en las inmediaciones de la empresa denominada Química Eco, la cual se encuentra ubicada en Av. Tláhuac 6646, Col. Zapotitlán, Tláhuac y se dedica al reciclaje de solventes (hidrocarburos fracción ligera como acetonas, xilenos, formaldehído entre otros) provenientes de las empresas farmacéuticas. En 2004, durante los trabajos en un registro de Telmex ubicado sobre Av. Tláhuac se presentó un flamazo. La emergencia fue atendida por Protección Civil Central y de la Delegación Tláhuac, así como el Sistema de Aguas y la entonces Dirección General de Regulación y Vigilancia Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente. En esa ocasión, se detectaron niveles de 100% de explosividad en diversos registros de Teléfonos de México, cajas de agua potable y drenaje, realizándose una limpieza inmediata de estos lugares. Por tratarse de un tema federal, las autoridades ambientales del Distrito Federal dieron aviso a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
La PAOT inició la investigación en 2005 a la que se acumuló la denuncia ciudadana del 2007. Como resultado de esta investigación que duró 5 años, se constató:
Histórico de zonas con niveles de explosividad
Impacto poblacional:
Las autoridades recomendadas para la atención de la problemática fueron:
En seguimiento al cumplimiento de la recomendación la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda interpuso la demanda de lesividad del certificado de uso de suelo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. La Dirección General del Proyecto Metro, indicó suspendió los trabajos de construcción de la Línea 12 del Metro, en el tramo frente al cual se localiza Química Eco, como medida de seguridad. A fin de dar continuidad a los trabajos de construcción de la Línea 12, el consorcio ICA-CARSO realizó el estudio de caracterización y evaluación del grado de contaminación por hidrocarburos en el tramo de Felipe Ángeles a 16 de Septiembre frente al cual se localiza Química Eco, a través del cual se determinó la necesidad de remediar un volumen de 453 m3 ubicado en un área de 198 m2 específicamente frente a la entrada principal de Química Eco. Por su parte, en agosto de 2009, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente dio de baja del Programa Nacional de Auditoría Ambiental a la empresa Química Eco y presentó una denuncia penal por presuntos daños al ambiente ante la Procuraduría General de la República. A solicitud de la Procuraduría General de la República, la PAOT realizó la dictaminación de los tambos o peroles de 200 litros almacenados en Química Eco y que fueron asegurados por la PGR, a afecto de determinar si el tipo de sustancias que contienen, así como el riesgo de daño a los recursos naturales y al ambiente.
A la fecha, la empresa Química Eco se encuentra clausurada por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. La Recomendación 1/2009, emitida por la construcción de una estación de Gas L.P. ubicada en Prolongación División del Norte 5224, en la Colonia Ampliación San Marcos, Delegación Xochimilco, fue resultado de una investigación en la que se constató: La gasera denunciada con denominación Garza Sur, nunca ha operado, a pesar de que cuenta con las instalaciones respectivas.
La PAOT, elabora la Recomendación correspondiente, indicando a la Secretaría del Medio Ambiente la revocación de la autorización condicionada en materia de impacto ambiental y riesgo que le fue otorgada a la estación de gas L.P. por carecer de uso de suelo y aviso de declaración de apertura, así mismo se recomienda la demolición y desmantelamiento de las instalaciones en el predio denunciado. Por otra parte, la PAOT recomienda a la Delegación Xochimilco a que continué con los procedimientos administrativos en contra del establecimiento. Finalmente, esta recomendación, se dirige a la Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal, a efecto de que niegue las autorizaciones del suministro de combustible y del programa interno de protección civil para la operación de la estación de gas L.P. En cuanto al seguimiento de este caso, la Delegación Xochimilco mantiene el estado de clausura de la estación de gas L.P. La Secretaría de Protección Civil, aceptó la Recomendación, informando que en sus archivos no existe solicitud de autorización de suministro de gas L.P. La Secretaría del Medio Ambiente, también acepta la Recomendación y el 21 de agosto de 2009 revoca la autorización condicionada en materia de impacto ambiental y riesgo otorgada mediante la resolución SMA/DGRVA/DIR/15906/2004 de fecha 10 de diciembre de 2004, asimismo se le impone a la empresa Garza Sur S.A de C.V la sanción consistente en la demolición total de las instalaciones de almacenamiento, conducción y despacho de gas L.P. En seguimiento de la Recomendación 01/2008 relativa a la denuncia sobre el uso del área natural protegida Bosque de Tlalpan para realizar eventos musicales, el 5 de junio de 2009 se publicó en la Gaceta Oficial de Gobierno del Distrito Federal el Programa de Manejo del área Natural Protegida Bosque de Tlalpan que establece las actividades que se permiten y bajo qué condiciones en el área natural protegida. Dictámenes técnicos y periciales En el 2009 se recibieron 365 solicitudes de dictámenes técnicos, de las cuales el 73%, fueron atendidas en ese mismo año, es decir, se emitieron 266 dictámenes y el 27% restante se encuentra en proceso de conclusión. Adicionalmente en este mismo año, se concluyeron 78 dictámenes técnicos correspondientes a solicitudes recibidas en 2008.
De las 266 solicitudes de dictámenes concluidas durante el período que se informa, el 53.4% fueron solicitudes externas y el 46.6% solicitudes internas. Dictámenes técnicos atendidos en 2009. En el período que se reporta, las delegaciones con mayor número de dictámenes realizados fueron Cuauhtémoc, Benito Juárez y Álvaro Obregón y las demarcaciones en las que menos solicitudes se atendieron fueron Magdalena Contreras y Xochimilco. Total de dictámenes emitidos por delegación, durante el periodo que se reporta
Los temas predominantes en la elaboración de dictámenes fueron los relacionados con arbolado y áreas verdes, ruido y vibraciones, así como los relativos a uso de suelo. Clasificación de los dictámenes técnicos atendidos por tema Los dictámenes y estudios de la procuraduría han aportado elementos técnicos objetivos que apoyan tanto a las actividades de investigación de la PAOT, así como al trabajo en otras entidades del Gobierno de la Ciudad de México. En este sentido, durante el 2009 y derivado de los múltiples amparos iniciados por el Decreto de Área de Valor Ambiental de la Barranca Tarango, la PAOT participa junto con la Secretaría del Medio Ambiente, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México y Delegaciones del poniente del Distrito Federal en las reuniones de trabajo convocadas por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para definir y validar las poligonales de las propuestas de barrancas para ser decretadas como Áreas de Valor Ambiental (AVA), lo que ha llevado a la realización de 4 reuniones y 5 recorridos conjuntos en las barrancas Tarango y Mixcoac y Villa Verdúm en Álvaro Obregón; Echánove y Santa Rita en Cuajimalpa, con el objeto de verificar los sitios de conflicto y tomar datos técnicos para la conformación y validación de la información para su posterior Decreto. Un ejemplo de lo anterior, es el dictamen elaborado para la barranca “La Cañada” o “Mimosas”, la cual se encuentra dentro de los límites del área urbana de la Ciudad de México, motivo por el cual se ha visto impactada a causa de la urbanización, que la ha reducido severamente, por lo que hoy sólo conserva una pequeña fracción de su superficie original. El dictamen señaló la existencia al interior de la barranca de zonas con uso habitacional consolidadas que cubrían un área de 6,960 m2, quedando 30,793 m2 en buen estado de conservación lo que representa el 62.4 % del Área Verde. En los límites de la barranca se observó la presencia de tiraderos de cascajo, asfalto y basura, los cuales, por factores como la pendiente del terreno, el viento y el agua, fácilmente se desplazan hacia el interior del área verde. Aun con lo anterior, el dictamen concluye que la barranca “La Cañada” o “Mimosas” se encuentra en un buen estado de conservación y cuenta con los elementos necesarios para ser decretada como Área de Valor Ambiental (AVA). Respecto al análisis de la propuesta de modificación del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente para Cuajimalpa de Morelos, se encontró que se pretende reducir en 37.57% la poligonal del área verde debido a la propuesta de cambiar la zonificación en dos áreas en los extremos de la poligonal que conforma a la barranca. Lo anterior se debe a que han sido ocupadas por construcciones junto con partes fraccionadas del área verde aún no ocupadas. Este dictamen fue utilizado por los vecinos de la barranca para solicitar la concesión de la zona federal, y sirvió para que la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal incluyera a dicha barranca dentro de las zonas a decretar como Áreas de Valor Ambiental.
Otro ejemplo, lo conforma el dictamen elaborado para apoyar el análisis de la propuesta para declaratoria como Áreas de Valor Ambiental de las Barrancas “Mixcoac”, “San Borja”, “Texcalatlaco” y “Parque La Loma” en la Delegación Álvaro Obregón. La Delegación Álvaro Obregón solicitó a esta Procuraduría un análisis relacionado con las poligonales definidas por la Secretaría del Medio Ambiente para realizar la declaratoria. La PAOT, con apoyo de imágenes satelitales realizó el análisis de las poligonales propuestas por la Secretaría del Medio Ambiente. Los resultados de este trabajo indicaron que:
De manera adicional, en el ámbito de sus atribuciones, la PAOT lleva a cabo una serie de estudios y diagnósticos con los que se actualiza o crea la información base en materia ambiental, es así que con un enfoque integral, la PAOT elaboró un diagnóstico de la situación actual de las 19 Áreas Naturales Protegidas del Distrito Federal, en donde se detectó que existen 552.8 ha ocupadas por asentamientos humanos de las aproximadamente 21, 594 ha decretadas. De este trabajo se identificó que las áreas naturales protegidas más afectadas son Cerro de la Estrella ubicada en la Delegación Iztapala, con una ocupación de 1,035 ha, así como los Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco localizados en la Delegación Xochimilco, donde se identificaron 274.5 ha. Estudio sobre la situación de las áreas verdes, barrancas y zonas de transición entre el suelo urbano y suelo de conservación en el Distrito Federal Para poder identificar las diferencias de usos de suelo con respecto a los Programas Delegaciones de Desarrollo Urbano y el Programa General de Ordenamiento Ecológico y Territorial del Distrito Federal, se contrató a la Universidad Autónoma de Chapingo para elaborar un diagnóstico en las zonas de transición del suelo urbano y suelo de conservación, describiendo las inconsistencias y/o incompatibilidades que existen.
Dichas incompatibilidades se agrupan en 400 polígonos. Las zonas que consideran mayor superficie de incompatibilidades son Xochimilco con 9,459 ha. y Milpa Alta con 3,566 ha.
Estudio de áreas verdes Respecto a la identificación y estimación de la superficie que ocupan las áreas verdes en el D.F.se realizó un análisis a partir de métodos de percepción remota utilizando como base un mosaico de imágenes de satélite Quick Bird del año 2008, identificando áreas verdes mayores a 50 metros cuadrados. El D.F. tiene una superficie total de 1,499 km2 de los cuales, según los primeros datos que arroja el presente inventario, aproximadamente una tercera parte son áreas verdes arboladas, pastos, arbustos y zonas agrícolas. Para el caso específico del suelo urbano del D.F. (41% del total del territorio); se tiene una superficie aproximada de 610.98 km2 de los cuales el 20% se estima que son áreas verdes públicas y privadas que abarcan arbolado, pastos, arbustos canchas deportivas. Cabe destacar que la distribución de las áreas verdes no es homogénea ya que respecto a su superficie total, hay delegaciones que tienen una gran cantidad y otras que prácticamente carecen de espacios verdes, como se aprecia a simple vista en el mapa. Por otro lado se obtuvo que un poco más del 15% de lo que se considera como Suelo Urbano del Distrito Federal es ocupada por vegetación arbórea, lo que significa que en promedio hay aproximadamente 10 metros cuadrados de áreas verdes por habitante. Las delegaciones con mayor cantidad de área verde en suelo urbano respecto a su superficie total son: Miguel Hidalgo, Tlalpan, Magdalena Contreras, Cuajimalapa, Álvaro Obregón y Coyoacán. Las de menor proporción de áreas verdes son Iztacalco, Iztapalapa, Tláhuac y Venustiano Carranza.
Evaluación del Ruido Generado en la Red del Sistema de Transporte Colectivo Metro En temas urbanos y como parte del seguimiento del Convenio con el Sistema de Transporte Colectivo Metro, en junio del 2009, se llevó a cabo una medición de los niveles de ruido a la que los usuarios de este transporte están expuestos. Para lograr lo anterior se llevó a cabo la medición del ruido en 49 estaciones, así como en el interior de los vagones en trayectos entre estaciones. De los resultados de este trabajo, se identificó que:
Monitoreo del cumplimiento de la normatividad ambiental y urbana de la propaganda electoral en el Distrito Federal En seguimiento a la propuesta del Instituto Electoral del Distrito Federal e Instituto Federal Electoral sobre los sitios donde debe colocarse publicidad electoral, la PAOT, en el marco de la defensa de los derechos ambientales y urbanos de los habitantes del Distrito Federal, realizó un estudio para verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental y urbana en la colocación de propaganda electoral, con el fin de contar con datos claros y objetivos que identifiquen de manera clara el cumplimiento a dicha normatividad. El trabajo se llevó en dos fases, la primera previa a la realización de la elección los días 18, 19 y 22 de junio de 2009. La segunda fase se llevó a cabo los días XXXXX Para la realización de los muestreos se consideró únicamente la propaganda electoral compuesta de mantas, pendones y carteles ubicados en árboles, puentes peatonales y señalamientos de la vía pública. El total de vialidades primarias recorridas por el personal de la PAOT sumó un total de 616 km.
Los resultados de este trabajo mostraron que:
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